• Ojoaldado

    Ojoaldado

    más de 2 años

    En mi opinión, como mecenas de este proyecto, creo que lo más beneficioso para todos sería que el autor permitiese a los mecenas hacerse su propia copia en una imprenta, ya que veo difícil que nos den el libro por lo que pagamos en su momento.

    100 libros en una imprenta saldrían a 5 euros por cabeza más el envío, con la misma calidad que una editorial. Esta sería una opción y el autor quedaría muy bien ante los mecenas. Otra opción es que los mecenas consigan el libro por ese precio. A esto habría que sumar el envío a domicilio en ambos casos. Yo no veo otra opción viable. Lo que no estaría de acuerdo es volver a pagar cantidades mayores por algo que ya he pagado, tal como se ha propuesto por parte de los responsables de otro mecenazgo de esta misma editorial (La isla de Vyrr de Hugo Reyes Navarrete o Urloc San).

  • Doctor Alban

    Doctor Alban

    más de 2 años

    Buenas. Soy el autor del Hermanos de la Costa (que no el editor). Para los que no lo hayan visto, os paso un vídeo con lo que he hablado sobre este proyecto:

    https://www.youtube.com/watch?v=YltR_DB_gCg

    Por otro lado, queda poco menos de un mes (el 25 de mayo de 2023) en que los derechos de explotación de mi obra regresarán a mí.

    A partir de esa fecha (25 de mayo) hablaré para ver qué puedo hacer por el libro físico.

    Un saludo y ya queda menos.

  • Ojoaldado

    Ojoaldado

    más de 2 años

    Hola, como yo no me conformo y sé que no voy a conseguir el libro por este medio, me lo voy a encargar a una imprenta. Si alguien más está interesado o interesada puede escribirme a ojoaldado@gmail.com.

  • Adrix

    Adrix

    más de 2 años

    Este desgraciado entre proyecto y proyecto se ha embolsado mas de 20mil lerdos que a saber que ha hecho con ellos. que asco de tio. por su culpa los planteamientos como estos terminan por no funcionar. la gente enfadada y pocas ganas de volver a participar en algo parecido. yo espero no verlo en las TDN o las Rolea pq me cabrearia mucho. epro se que tenia un bar en mollina diria. es para ir alli y que me de el dinero o me invite a una cena i birras por valor de 35€.

    encima crea malestar y a demas mala imagen s mucha gente.

    Es un sin verguenza que ni si quiera habla ni explica nada. me parece flipante.

  • Angelion

    Angelion

    más de 2 años

    Tremendo que el autor siga sin comentar nada. Que falta de vergüenza por su parte. No iba a arreglar nada, pero demostraría algo de humanidad por su parte. Secundo a los que dudan en meterse en nuevos Verkamis, ya que aunque me de pena, no me entraré si no encuentro confianza en el autor del mismo. El daño que ha hecho Rolecat a esta plataforma para los proyectos de Juegos de rol va a ser curiosa...

  • Ojoaldado

    Ojoaldado

    más de 2 años

    Siendo que ya lo he pagado, claro

  • Ojoaldado

    Ojoaldado

    más de 2 años

    Una pregunta, ya que veo que hay abogadas por aquí. Teniendo el pdf del libro, ¿tendría algún problema en pedir a una imprenta que me lo fabrique en papel?

  • Immaculúdica

    Immaculúdica

    más de 2 años

    Vergüenza para ti, Juan Ramón Gálvez Martín, El Gato Rolero SL, Rolecat, que nos has levantado el dinero.

  • Valeck

    Valeck

    más de 2 años

    Vamos, que se ha declarado insolvente y no vamos a ver ni los juegos ni el dinero.

  • Sara Cano Ruiz

    Sara Cano Ruiz

    más de 2 años

    Si, básicamente, demandad, pero a nosotros no.

    Sinceramente, sigo pensando que Verkami es responsable civil subsidiario, y se le podría demandar también, dado que hemos aportado en la confianza de que ellos son intermediarios, guardan el dinero y lo dan para el proyecto.

    No hagáis caso a la parte del correo que dice que hay que irle a demandar a su ciudad, podéis hacerlo en la vuestra, no necesitáis abogado:

    El art. 29 de la Ley General de Defensa de los consumidores establece que “los contratos celebrados por vía electrónica, en los que intervenga como parte un consumidor, se presumirán celebrados en el lugar en que éste tenga su residencia habitual”.

    El art. 52 de la Ley de Enjuiciamiento civil establece: " 3. Cuando las normas de los apartados anteriores no fueren de aplicación a los litigios derivados del ejercicio de acciones individuales de consumidores o usuarios será competente, a elección del consumidor o usuario, el tribunal de su domicilio o el tribunal correspondiente conforme a los artículos 50 y 51. "

    El art. 50 de la Ley de Enjuiciamiento civil establece: " 3. Los empresarios y profesionales, en los litigios derivados de su actividad empresarial o profesional, también podrán ser demandados en el lugar donde se desarrolle dicha actividad y, si tuvieren establecimientos a su cargo en diferentes lugares, en cualquiera de ellos a elección del actor. "

    Yo casi seguro voy a demandar (soy abogada a si que me va a ser más fácil) pero es poco probable que se consiga algo, porque buscando por internet podéis ver que el mismo administrador único de la empresa, fue administrador único de otra empresa, inmobiliaria, que si veis la de actos en el BORME de anotaciones judiciales que hay...

    Así que, contra la empresa, que probablemente se declarará en concurso de acreedores, y como mucho, a la vía penal por alzamiento de bienes del administrador único, eso, o meter a Verkami como intermediario que tiene cierta responsabilidad, pese a lo que figura en sus condiciones.

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